Los Gobiernos locales son los Consejos Municipales provinciales y distritales conocidos desde muy antiguo en el Perú, y herencia de las instituciones coloniales españolas. Han tenido existencia casi ininterrumpida de ese entonces, y están conformados por los alcaldes y regidores (o concejales), contando muchos de ellos con una considerable administración compuesta por funcionarios y empleados municipales.
Las competencias de los Concejos Municipales son variadas y están referidas cuando menos a los siguientes aspectos: planificación del desarrollo físico de sus territorios y prestación de servicios públicos esenciales. Para su implementación tienen funciones concretas en referencia a: regular el transporte colectivo, la circulación y el tránsito; prestar los servicios públicos de baja policía y seguridad ciudadana; elaborar las normas sobre zonificación y urbanismo e implementar su cumplimiento; ocuparse de desarrollar en su territorio la cultura, recreación y actividades deportivas de los vecinos; promover el turismo así como la conservación de monumentos arqueológicos e históricos.
Para muchas de estas actividades, los concejos municipales deben dictar normas jurídicas que tiene validez en su ámbito territorial, y que están sometidas jerárquicamente a las disposiciones legislativas nacionales y regionales, como lo hemos visto al tratar el ordenamiento jurídico (pirámide Kelsen).
De estas disposiciones jurídicas municipales tres tienen especial importancia:
- Las Ordenanzas Municipales, que son normas jurídicas que la Constitución trata con rango equivalente al de las leyes aunque subordinadas a ellas.
- Los Edictos, que son normas aprobadas por el Concejo Municipal y que ser refiere a tributos o a su organización interna.
- Los Decretos de Alcaldía que, para el ámbito municipal, son equivalentes a los decretos que produce el Poder Ejecutivo en el ámbito nacional. También están sometidas a las disposiciones nacionales y regionales, y a las ordenanzas y edictos de su Concejo. Establecen normas de ejecución de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios a la administración municipal, o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario.
Estas disposiciones jurídicas emanadas de los Concejos y los alcaldes, tienen un peso importante en ciertas áreas de la vida social que corresponde regular y administrar a las municipalidades y constituyen parte del derecho peruano.